El Ministerio de Ambiente bonaerense emitió la resolución 60/2026 sobre residuos industriales no especiales
El Ministerio de Ambiente bonaerense emitió la resolución 60/2026 sobre residuos industriales no especiales

La Resolución 60/2026 pretende ordenar y transparentar el camino de los residuos industriales que no son peligrosos, es decir, los Residuos Industriales No Especiales (RINE).

Sus objetivos principales son:

  • Diferenciación clara: Evitar que los residuos industriales terminen en basurales comunes, asegurando que reciban un tratamiento acorde a su origen.
  • Trazabilidad total: Saber exactamente quién genera, quién mueve y quién trata cada residuo mediante un sistema digital único.
  • Economía Circular: Fomentar la "simbiosis industrial", permitiendo que lo que sobra en una fábrica sea usado como insumo en otra, reduciendo así la cantidad de basura que se entierra.

La exigencia de la resolución es que TODOS deben estar REGISTRADOS antes del 17 de julio de 2026.

UADA, como titular de las Secretarías de Ambiente de FEBA y ADIBA, integra la Mesa Industrial-Ambiental de la provincia de Buenos Aires junto con otras cámaras provinciales como la UIPBA y CEPBA. En dicho especio, se está cuestionando el concepto de “residuos espejo”, algo que puede llegar a generar un costo superior al que ya se estaría generando, al menos en la gestión administrativa. A su vez, se está gestionando la posibilidad de posponer la entrada en vigor de esta resolución al menos hasta el 31 de agosto de 2026.


¿Qué rol ocupa cada actor en este sistema?

Para que este esquema funcione, cada parte tiene una responsabilidad asignada que garantiza la seguridad del proceso:

1. El Generador (La Industria): es el dueño inicial del residuo y el responsable principal de su gestión integral.

  • Su tarea: debe separar los residuos en su planta, capacitara su personal y tratar de reducir la generación siguiendo una jerarquía (primero prevenir, luego reciclar y solo al final desechar).
  • Control: debe inscribirse en el registro provincial, presentar declaraciones juradas anuales y asegurarse de contratar únicamente a personas habilitadas para el transporte y tratamiento.

2. El Transportista (El Nexo): es el encargado de trasladar el residuo desde la fábrica hasta su destino final de forma segura.

  • Su tarea: debe estar debidamente habilitado por el Ministerio y es el responsable de portar el Manifiesto, que es el documento que "sigue" al residuo en todo su trayecto para evitar que se desvíe a circuitos ilegales.

3. El Operador (La Planta de Tratamiento): es el especialista técnico que recibe el residuo para darle un destino final adecuado o recuperarlo.

  • Su tarea: debe contar con tecnologías registradas y aprobadas ante el Ministerio.
  • El cierre del ciclo: una vez que procesa el residuo, tiene la obligación de emitir el Certificado de Tratamiento y/o Disposición Final, que es el único documento que libera legalmente al generador de su responsabilidad.

En resumen, el generador produce y paga, el transportista traslada con control y el operador garantiza técnicamente que el residuo ya no es una amenaza para el ambiente.

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