Temas tratados:
Decreto 771/2026:
Se hizo, en primera instancia, una revisión general de lo establecido por el nuevo decreto en cuanto al cambio de competencias sobre el control de cosméticos y domisanitarios entre la ANMAT y el Ministerio de Economía (presuntamente la Secretaría de Comercio).
Se mencionó que indudablemente se emitirán, en el corto plazo, normas complementarias para cubrir los vacíos legales y/o prácticos para designar al organismo que tendrá poder de policía, en todos los pasos de la gestión que hasta hoy cubría la ANMAT.
Por el momento, los productos no tienen un contralor como ocurría antes con ANMAT. No obstante, todos los procedimientos de pedido de inscripción o reinscripción de producto se siguen haciendo mediante las declaraciones juradas en el sistema Themis de la ANMAT.
En el caso de los productos importados, esta decisión gubernamental va a en la misma línea de descentralizar y agilizar los procesos, desestimando la participación de organismos como ANMAT y dejando de actuar en forma preliminar. Requieren solo 48 hs. previas al ingreso del producto, la declaración jurada del importador.
Este decreto no es un caso aislado: ANMAT está perdiendo protagonismo y muchas de sus funciones están siendo tomadas por otros organismos.
Queda pendiente averiguar qué ocurrirá con las habilitaciones del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires puesto que la inscripción es de carácter nacional (en la mesa se planteó el hecho de que el Ministerio provincial está siendo consultado por estas modificaciones del Estado Nacional).
Por el momento, hasta que se clarifiquen adecuadamente las competencias, es recomendable seguir trabajando como hasta el momento.
Protocolo integral para el ingreso de vehículos a plantas de aerosoles
Se mencionó el tema y se acordó tratarlo en una próxima reunión específica por el extenso trabajo que supondrá su abordaje.
