Trabajos en Caliente (Elbio Bressan) 2
Trabajos en Caliente (Elbio Bressan) 2

CONFECCIÓN DE UN PERMISO DE TRABAJO EN CALIENTE.

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Volviendo al tema que nos convoca en este artículo, y centrándonos en la actividad de nuestros establecimientos podemos decir:

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# Es fundamental que todos los trabajos realizados fuera del área segura para realizar tareas de mantenimiento, y que no estén ligados a la actividad específica del área; estén sujetos a un sistema de permisos.

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# Es imprescindible que todos los trabajos en caliente realizados fuera del área segura para realizar tareas de montaje o mantenimiento, y que no estén ligados a la actividad específica del área; estén sujetos a un sistema de permiso de trabajo en caliente.

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Con frecuencia se hace caso omiso de las precauciones básicas y comunes citadas hasta aquí, por diversos motivos.

RESPONSABILIDADES DE LA ALTA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA.

Para evitar los incendios provocados por trabajos en caliente, la dirección debería desarrollar un programa por escrito que aborde las siguientes cuestiones:

 Disponer el uso de áreas autorizadas para los trabajos de corte y soldadura (ej. taller de mantenimiento).
 Solicitar un permiso de trabajo en caliente para todos los procedimientos de soldadura que se lleven a cabo en otras zonas fuera del taller de mantenimiento
 Identificar a una o varias personas para que autoricen las operaciones de trabajo en caliente fuera del taller de mantenimiento.
 Imponer el uso de equipos adecuados.
 Capacitar a todo el personal dedicado al mantenimiento de planta sobre operaciones seguras, uso de los EPP y operación con máquinas herramientas.
 Ordenar que todo el personal que realice o supervise los trabajos en caliente reciba información acerca de los equipos y procedimientos de emergencia en caso de incendio.
 Notificar a todos los contratistas la presencia de cualquier material inflamable o de situaciones que entrañen peligro.   
 Pedir a los contratistas externos que se adhieran a estos mismos programas para trabajo en caliente y que se responsabilicen de instruir correctamente a su personal.

Debe recordarse que la Ley 19.587 “Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo” prevé:

“Art. 4°.- La higiene y seguridad en el trabajo comprenderá las normas técnicas y medidas sanitarias, precautorias, de tutela o de cualquier otra índole que tengan por objeto :

a)Proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores.
b)Prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos centros o puestos de trabajo.
c)Estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención de los accidentes o enfermedades que puedan derivarse de la actividad laboral.”

“Art. 5°.- A los fines de la aplicación de esta Ley considérense como básicos los siguientes principios y métodos de ejecución:

h) estudio y adopción de medidas para proteger la salud y la vida del trabajador en el ámbito de sus ocupaciones, especialmente en lo que atañe a los servicios prestados en tareas penosas, riesgosas o determinantes de vejez o agotamiento prematuro y/o las desarrolladas en lugares o ambientes insalubres”.

“Art. 8°.- Todo empleador debe adoptar y poner en práctica las medidas adecuadas de higiene t seguridad para proteger la vida y la integridad de los trabajadores, especialmente en lo relativo:

a)A la construcción, adaptación, instalación y equipamiento de los edificios y lugares de trabajo en condiciones ambientales y sanitarias adecuadas.
b)A la colocación y mantenimiento de resguardos y protecciones de máquinas y de todo género de instalaciones, con los dispositivos de higiene y seguridad que la mejor técnica aconseje.
c)Al suministro y mantenimiento de los equipos de protección personal.
d)A las operaciones y procesos de trabajo.

Dec. 351/79 (reglamentario de la Ley 19.587) –

“Capítulo 21 – Capacitación.

Art. 213.-  Todo establecimiento deberá entregar, por escrito a su personal, las medidas preventivas tendientes a evitar las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo”.

CONFECCION DE UN PERMISO DE TRABAJO EN CALIENTE.

Muchas son las publicaciones disponibles sobre este tema; lo importante es adaptar el esquema del permiso a la actividad del establecimiento, sin vulnerar el espíritu de la Norma

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La NFPA {National Fire Protection Association} , a través de la Norma NFPA 51 B “ Norma para la prevención de incendios durante los procesos de soldadura, cortes y otros trabajos en caliente” pone a disposición de los RESPONSABLES una herramienta ideal para el análisis y confección de permisos de trabajos en caliente.

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Otro documento digno de mención es la Guía Técnica N° 4 “Procedimiento de Trabajos en Caliente “{dic. 2003} publicada por el Circulo de Ingenieros de Riesgo (CIR) .

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CARACTERÍSTICAS ADMINISTRATIVAS DEL PERMISO DE TRABAJO EN CALIENTE.

 El formulario adoptado estará aprobado por la Dirección de la Empresa.
 El procedimiento debe ser revisado al menos una vez al año por los responsables asignados a esta tarea.
 Debe ser numerado en forma correlativa.
 Debe archivarse al finalizar los trabajos y conservarse, al menos un año.
 Debe consignarse fecha y hora de inicio de los trabajos.
 Debe consignarse fecha y hora del cierre del permiso, indicando si se continúa con el trabajo. En algunos casos se utiliza el “pase” del permiso, donde se entrega y se recibe por escrito la responsabilidad de la conducción de la tarea.
 El tiempo de duración del permiso nunca debe exceder las 24hs.-
 Las secciones del permiso de trabajo en caliente deben ser completadas en su totalidad.
 Cada una de las preguntas de la lista de chequeo deberá tener una respuesta clara y concisa.
RESPONSABILIDADES DEL AUTORIZANTE DEL TRABAJO EN CALIENTE.
 El Permiso de Trabajo en Caliente puede ser confeccionado por el solicitante o encargado de la tarea. Pero es el AUTORIZANTE designado el RESPONSABLE por la correcta ejecución del mismo.
 Se presentará en un único documento los diferentes instructivos, requerimientos de controles, elementos de protección y equipos necesarios para llevar a cabo la tarea solicitada.
 Una copia completa del permiso debe permanecer en el lugar de la tarea para ser consultada en caso de dudas.
 Se presentará un Permiso de Trabajo en Caliente por cada tarea.
 Se presentará un Permiso de Trabajo en Caliente por cada área de trabajo.

 El AUTORIZANTE designado   debe evaluar:
 A) ¿Es absolutamente necesario realizar el trabajo en caliente solicitado dentro del área propuesta?
 B) ¿No existe otra alternativa menos riesgosa?
 C) ¿Existe alguna alternativa que pueda reducir el tiempo de parada o el tiempo de exposición al riesgo?
 El AUTORIZANTE debe recorrer el área donde se va a realizar el trabajo en las horas previas al inicio de las tareas.
 El AUTORIZANTE debe tomar contacto con el RESPONSABLE (gerente, jefe o supervisor) del área donde se va a efectuar la tarea y obtener la Autorización de éste para realizarla incluyendo la información del tiempo en que durará la misma (la Autorización debe constar en el permiso de trabajo en caliente).
 El AUTORIZANTE debe reunirse con el Solicitante, el Encargado del trabajo; con los Operarios que intervendrán en la tarea, con el Vigilante del Fuego y con el Toma gases para entregar las instrucciones, informar los riesgos, planificar la tarea y cerciorarse que todo ha sido comprendido.-
 El ENCARGADO DEL TRABAJO, el VIGILANTE DEL FUEGO y el TOMA GASES deberán firmar el permiso de trabajo en caliente como constancia de haber comprendido los contenidos e instrucciones del mismo.-

ALGUNAS PARTICULARIDADES A TENER EN CUENTA ALCONFECCIONAR UN PERMISO DE TRABAJO EN CALIENTE.

 Que el lugar de trabajo esté dotado de un equipo de extinción de incendios adecuado.

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 Que el material combustible se haya trasladado a un lugar situado al menos a 11 metros de   distancia del punto de operación. (esta es la regla de los 35 pies) 11 mts. desarrollada por la NFPA 51 B.

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 Si no es posible trasladar dicho material lejos de la zona operativa, debería cubrirse con pantatlas de soldadura no combustibles o mantas ignífugas.

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 Los suelos y paredes combustibles deberán empaparse con agua, a ser posible.

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 Debería estar presente en las instalaciones un vigilante de incendios debidamente formado.

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 La vigilancia de incendios deberá mantenerse durante al menos 30 minutos después de que hayan concluido las operaciones y deberá comprobarse de nuevo, transcurridos al menos sesenta minutos.

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 Sólo deberá reanudarse el trabajo tras cerciorarse de que todo el equipo y las instalaciones adyacentes se hallan en condiciones seguras.

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 Sólo se reanudará el trabajo si las condiciones de trabajo aprobadas no sufren modificaciones.

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 No se considera que el trabajo esté finalizado hasta que el supervisor responsable firme el permiso de trabajo en caliente y revise la zona.

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 Lamentablemente, se producen muchos siniestros cuando el permiso de trabajo en caliente es firmado sin llevar a cabo una inspección final de la zona.

      CONSIDERACIONES ESPECIALES A TENER EN CUENTA.

 No cortar ni soldar en atmósferas explosivas o lugares donde haya polvo o líquido combustible; sin una evaluación exhaustiva de los riesgos.
 Puede alojarse material explosivo, como líquidos, gases o vapores inflamables, o polvo combustible, en tambores, depósitos u otros contenedores que no hayan sido limpiados o preparados correctamente.

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 Las chispas pueden escaparse por grietas o agujeros en las paredes, suelos, ventanas rotas o por entradas abiertas.

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 Antes de iniciar trabajos en caliente sobre el tejado o en andamios, asegúrese de que la zona situada debajo de los mismos está fuera de peligro y que las chispas o los restos de material incandescente no provocarán un incendio.

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 No deberá emitirse el permiso de trabajo en caliente si alguna parte del sistema de protección contra incendios de la instalación presenta anomalías

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