El 10 y 11 de diciembre se llevaron a cabo las dos primeras jornadas de capacitación sobre actualización normativa organizadas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). La primera de ellas abordó la nueva normativa en la inscripción y otros de los establecimientos de productos cosméticos y de higiene oral de uso odontológico. La segunda trató la nueva normativa de inscripción y otros de los establecimientos domisanitarios.
A las reuniones asistió, en representación de UADA, la Dra. Marcela Hausemer, titular de Aerosoles y Servicios, quien comentó los principales puntos abordados durante los encuentros a los que asistieron unas 200 personas.
La presentación de la primera jornada giró en torno a la disposición 7939/25 de ANMAT que busca simplificar los trámites de inscripción en productos de cosmética y de uso odontológico. La voz cantante la llevó la Dra. Sandra Sara, titular del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, que depende de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud que conduce la Mg. Emilce Vicentín. Con ambas funcionarias UADA ha estrechado, a lo largo de los años, una fructífera relación de confianza.
Según comentó Sara durante la jornada, la disposición mencionada entra en vigencia a partir del 29 de enero de 2026, lo que será oportunamente informado en la página de ANMAT. A partir de ese momento, el organismo dará un tiempo para que las empresas autorizadas puedan presentar las correspondientes declaraciones juradas que habilitarán a las compañías para ejercer actividad en sus plantas e instalaciones sin perjuicio de una posterior inspección de ANMAT.
Asimismo, la funcionaria aclaró que, ante la aparición de una nueva empresa, esta debe presentar la declaración jurada para comenzar a trabajar. La ANMAT irá estableciendo, entonces, un cronograma de inspecciones de las estas.
En el encuentro quedó establecido con claridad que el control de ANMAT no exime de otros permisos municipales y provinciales que deben cumplir las empresas a nivel local.
A modo de resumen de lo planteado, Hausemer expresó: “(Las empresas) debemos tener todo los mismo que ya se pedía antes, incluyendo las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) pero, en vez de sucederse la intervención, inspección y habilitación previa de ANMAT, esto se hará a través de una declaración jurada con un control posterior por parte del organismo. De esta manera, toda la responsabilidad recaerá en las empresas”.
En la segunda mitad de la presentación, la bioquímica Andrea Bauer, del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal, ofreció una explicación sobre todas las tareas que está llevando a cabo la ANMAT a para redactar las normativas juntamente con países miembros del MERCOSUR.
Durante la segunda reunión, se continuó abordando la Disposición 7939/25 de ANMAT, pero se hizo hincapié, principalmente, en los productos de riesgo II B, de riesgo II A y de riesgo I. En todos los casos se aclaró que van a estar dentro del nuevo sistema propuesto por el organismo público.
Asimismo, los funcionarios que encabezaron la disertación comentaron que las empresas van a dejar de tener RNE para obtener un número de legajo como ocurre en cosmética. Ese requisito se mantiene solo si la empresa fabrica un producto dentro del listado riesgo II B y debe renovarse cada cinco años. En el caso del legajo, este no debe renovarse.
